De acuerdo con la Reforma Laboral (Real Decreto – Ley 32/2021) todos los contratos de formación firmados a partir del 31 de marzo deben tener una serie de características y requisitos. Uno de los objetivos de esta nueva reforma es impulsarlo.
Combina trabajo y formación.
Se amplía la edad de utilización de estos contratos, antes era hasta los 25 años (contrato de formación y aprendizaje). Ahora es hasta los 30 años con una duración mínima de tres meses y máxima de dos años.
El tiempo de trabajo no podrá ser superior al 65% de la jornada de convenio o al 85% en el segundo año.
Debemos tener en cuenta que ahora son muchas las personas que se están formando continuamente y no necesariamente con 18 o 20 años. Se amplía el rango de edad para dar más oportunidad.
¿Sabías estas diferencias con respecto a la ley anterior? ¿Sabes alguna otra característica?
¡Escríbenos!