LA UNIÓN EUROPEA APRUEBA NUEVAS NORMAS EN EL ETIQUETADO DE ALIMENTOS
El etiquetado del país de origen de los alimentos puede inducir a error a los consumidores si el ingrediente primario se ha obtenido en otro lugar. Para rectificar esto, la Unión Europea (UE) está implementando nuevas disposiciones que deberán ser aplicadas a partir del 1 de abril de 2020..
REGLAMENTO Nº 1169/2011
El artículo 26 del Reglamento (UE) Nº 1169/2011 exige a los operadores de empresas alimentarias que indiquen el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento. Esto es obligatorio cuando la omisión de la información pueda inducir a error al consumidor (punto 2.a). El punto 3 le exige que indique el país de origen y, cuando éste difiera del origen del ingrediente primario, que especifique "el país de origen del ingrediente primario o una indicación de que tiene un país de origen diferente al del alimento"
Para reforzar el Reglamento (UE) Nº 1169/2011, el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775 entró en vigor el 1 de junio de 2018, y será aplicable a partir del 1 de abril de 2020. Este proporciona a las partes interesadas una aclaración sobre cómo debe etiquetarse el origen de los ingredientes primarios cuando es diferente del origen del alimento.
(UE) 2018/775 establece que se indicará el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario, cuando difiera de la misma información para el alimento, que será indicado.
La Comisión Europea, ha modificado el Reglamento UE 1169/2011 que regula la información facilitada al consumidor cuyo fin es garantizar la seguridad alimentaria.
A continuación les recordamos algunas de las obligaciones ya existentes:
– Es obligatorio el etiquetado relacionado con alérgenos y componentes alimentarios.
– Debe existir un análisis de peligros y puntos de control crítico, conocido como APPCC. Las empresas deben elaborar un informe que identifica los posibles riesgos de contaminación alimentaria y unas normas para prevenir la intoxicación alimentaria.
Esta normativa puede afectar a cafeterías, restaurantes, panaderías, pastelerías, comercios minoristas, suministradores de alimentos, comedores, etc.
Es una normativa cuyo fin es proteger al consumidor y prevenir incidentes por intoxicaciones alimentarias o alergias.
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